España se sitúa a la cabeza en el área de la seguridad del paciente.

España se sitúa a la cabeza en el área de la seguridad del paciente.

Ana Aliaga, secretaria general del Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos (CGCOF), está segura que, en lo que se refiere a la legislación existente, los riesgos en Internet se intentan reducir mediante una directiva europea que regula la venta a distancia de medicamentos (Directiva 2011/62/UE), la cual modifica otra de 2001 que establece un código comunitario sobre medicamentos de uso humano, en lo relativo a la prevención de la entrada de medicamentos falsificados en la cadena de suministro legal.

 

El real decreto desarrolla y garantiza que la dispensación 'on line' de medicamentos no sujetos a prescripción médica en España se realizará bajo tres condicionantes imprescindibles: a través de una farmacia legalmente autorizada, con la intervención de un farmacéutico y previo asesoramiento personalizado. En la actualidad aún no se están vendiendo medicamentos por Internet ya que, según la experta, se está a la espera de la aplicación del decreto que contempla toda una serie de requisitos a cumplir por las oficinas de farmacia y por las autoridades competentes.

 

La venta ilegal de medicamentos a través de Internet supone una amenaza real para la Salud Pública ya que por esta vía pueden llegar al público medicamentos falsificados, así como otros no autorizados. Según datos de la Organización Mundial de la Salud, el 62% de los medicamentos adquiridos a través de Internet son falsificaciones. A finales de 2013 se aprobó un real decreto (RD 870/2013) por el que se regula la venta a distancia al público, a través de sitios web, de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción médica. El real decreto desarrolla la Ley de Garantías y Uso racional de los medicamentos y productos sanitarios e incorpora al derecho español la directiva europea de 2011.

 

Aliaga añade que el decreto recoge que los sitios web de las farmacias deberán incluir el logo común de la Unión Europea, un logotipo que está pendiente aún de aprobación por parte de las autoridades europeas y una vez que el sello esté listo, la creación de los sitios web tanto por parte de la Agencia Española de los Medicamentos como de las Comunidades Autónomas (CCAA) determinará el momento en el que podrá llevarse a cabo la venta a distancia de medicamentos no sujetos a prescripción médica a través de sitios web de farmacias legalmente establecidas, apunta la portavoz. Tras el plazo de un año que establece el decreto para que las CCAA realicen los cambios oportunos para adaptarse, las farmacias que quieran dispensar medicamentos no sujetos a prescripción a través de Internet tendrán la obligación de notificarlo a su Comunidad Autónoma con quince días de antelación.

 

La principal vía de entrada de medicamentos falsificados en los países desarrollados es actualmente Internet. En España la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios cuenta con una "Estrategia frente a Medicamentos Falsificados (2012-2015)" de la que forma parte activa la Farmacia, aunque en España, el riesgo de los medicamentos falsificados es mínimo gracias a las garantías legales y sanitarias existentes en nuestro modelo farmacéutico y presentes en la cadena de valor del medicamento: industria, distribución y farmacia comunitaria.

 

 

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